JOSÉ MARÍA MARTÍN VERA ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLAVERDE DEL RÍO, por medio del presente
HACE SABER
A TODOS LOS TITULARES DE QUIOSCOS Y ESTABLECIMIENTOS CON TERRAZAS, VELADORES Y OTRAS INSTALACIONES EN LA VÍA PÚBLICA, LA OBLIGACIÓN DE MANTENER LIMPIOS EL ESPACIO QUE OCUPEN Y SU ENTORNO INMEDIATO, ASÍ COMO LAS PROPIAS INSTALACIONES, según lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales de este Ayuntamiento, publicada en el B.O.P. nº 243, de 19 de octubre de 2018.
LA LIMPIEZA de dichos espacios y entorno TENDRÁ CARÁCTER PERMANENTE y, en todo caso, DEBERÁ SER SIEMPRE REALIZADA EN EL MOMENTO DE CIERRE DEL ESTABLECIMIENTO.
Por razones de estética y de higiene está prohibido almacenar o apilar productos o materiales junto a las terrazas.
En caso de incumplimiento de lo ordenado en el presente Bando, se adoptarán las medidas y sanciones previstas en el capítulo cuarto de la citada Ordenanza que van desde 750,00 € a 3.000,00 €.
En Villaverde del Río a la fecha de la firma electrónica.
EL ALCALDE
Fdo. José María Martín Vera