Ayudas para el alquiler de vivienda a personas en especiales circunstancias de emergencia social, por haberse visto privadas de la propiedad de su vivienda habitual como consecuencia de una ejecución hipotecaria o por el ejercicio de cualquier otra garantía sobre la misma, o que se hayan visto obligadas a ofrecer su vivienda habitual en pago (Dación en pago).
Se incluyen los procedimientos de ejecución hipotecaria o daciones en pago que hayan tenido lugar a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda, que tuvo lugar el 12 de abril de 2013.
PLAZO DE SOLICITUD:
24/10/2018 - 31/12/2020 (Plazo de solicitud hasta agotar credito establecido).
Las solicitudes tambien se podrán presentar en las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda,
Turismo y Comercio o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Así mismo,
podrán presentarse a través del Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de
Andalucía, en la dirección web http://www.andaluciajunta.es El plazo de presentación será el
establecido en la convocatoria correspondiente.
MÁS INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN:
Oficina Municipal de la Vivienda
de Villaverde del Río
C/ Polvillo, 2 ( altos Peña Bética)
Horario: Lunes, Miércoles y Jueves: 9 a 14 h
Martes: 17 h a 19’30 h.