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AYUDAS AL ALQUILER. CONVOCATORIA 2017
17/07/2017
· El plazo de presentación de solicitudes es del 07/Julio/17 al 07/Agosto/17
· Subvención: 40% de la renta de alquiler de tu vivienda, sin que pueda superar 200 euros mensuales. Podrá complementarse esta ayuda, hasta alcanzar un máximo del 80%, en el supuesto de situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social.
· Se concederán ayudas hasta alcanzar el importe de 15.000.000 de euros, destinadas al pago de la renta de alquiler, correspondientes a 2017. Y, en su caso, de otros 1.300.000 euros que se destinarán a complementar la ayuda hasta el 80% de la renta.
· Los solicitantes deberán ser titulares de un contrato de alquiler destinado a vivienda habitual y permanente.
· Se tendrán en cuenta a todos los miembros que compongan la unidad de convivencia (UC) del solicitante, entendiendo como tal el conjunto de personas que estén empadronadas en la vivienda para la que se pide la ayuda en el momento de presentación de la solicitud.
· La renta mensual del contrato no superará 500 euros.
· La suma de los ingresos de todos los miembros, referidos al ejercicio 2015, no podrá superar la Cuantía del Límite de Ingresos de la Unidad de Convivencia (CLIUC) que es un límite específico para cada Unidad de Convivencia (CLIUC), que se calcula en función del número de miembros que la componen y sus edades.
· No se dispondrá de la titularidad ni un derecho de uso sobre alguna otra vivienda.
p Más información y tramitación en la Oficina Municipal de la Vivienda